TEMA:
La acción de protección presentada en favor niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad humana.
La Corte Constitucional revisa la decisión adoptada por la Unidad Judicial Multicompetente Penal con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, que resolvió la acción de protección presentada en favor de tres hermanos Diego de 10 años, Endri de 16 años y Enderson de 21 años, a quienes los agentes de control migratorio del Centro Binacional de Atención en Frontera de San Miguel de Sucumbíos (CEBAF) impidieron el ingreso regular al territorio ecuatoriano para reunirse con su madre. La Corte analiza los derechos constitucionales a migrar, interés superior del niño, confirma la decisión adoptada por la unidad judicial y desarrolla parámetros al respecto.
DERECHOS TRATADOS:
Art. 40. 4. Derecho a la reunificación familiar
Art. 44. Derecho de los niños y adolescentes
Art. 45. Derecho a una familia
Art. 40. 4. Derecho al retorno voluntario
SENTENCIA
2120-19-JP-21 niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad humana