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CLÁUSULA DE CADUCIDAD

Las cláusulas de caducidad son aquellas que se establecen por las partes en el contrato yque se denominan términos de caducidad, análogos a las prescripciones cortas, nos dice Lafaille. Estos términos de caducidad se encuentran perfectamente separados dela...

CLÁUSULA DE ATRIBUCIÓN

Las cláusulas de atribución son las que establecen determinada competencia judicial para dilucidar las incidencias que puedan originar los negocios jurídicos. Normalmente el contenido de las cláusulas se estudia y discute por ambas partes, quienes se ponen de acuerdo...

CLÁUSULA COMPROMISORIA

La cláusula compromisoria es aquella en virtud de la cual las partes de un contrato se obligan a someter a arbitros o amigables componedores sus divergencias en el cumplimiento o en la interpretación de lo pactado o de cualquier otro acto jurídico que las afecte....

CITACIÓN A LAS PARTES

Citación es el acto por el cual se ordena la compare-cencia de una persona, sea parte, tercero o testigo, para realizar alguna actividad ante el juez, o también, para presenciar una diligencia. Comprende, por lo tanto y principalmente, a la que hace el tribunal al...

CESIONARIO

Llámase así en el contrato de cesión a la persona en beneficio de la cual se hace la cesión. La cesión está regulada por el Código Civil No se requiere la conformidad del deudor. Para realizar la cesión, debe tratarse de un activo susceptible de transmisión. En una...

CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN

Es aquel Instrumento en que se expresa, por el encargado del Registro civil, los datos y circunstancia que constan de la inscripción o acta en el registro. Día, hora y motivo del fallecimiento o lugar en que fue hallado, de la persona a quien se refiere. El Código...

CESIÓN DE ACCIONES

La materia de esta nota trata de la transmisión de las acciones de compañías comerciales o sociedades mercantiles intuitus rei. Nos remitimos al concepto de acción, como titulo de crédito. En efecto, como título de participación en dichas sociedades de capitales que,...

CEDENTE

De ceder, el que cede. En el contrato de cesión es la persona que, como parte de este, cede a otra, llamada cesionario, un derecho. FUENTE: ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA, TOMO III, B-CH, EDITORIAL BIBLOGRÁFICA ARGENTINA

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