La ley es aplicable a: los organismos y entidades que conforman el sector público; las personas jurídicas cuyas acciones o participaciones pertenezcan en todo o en parte al Estado; las corporaciones, fundaciones y ONG’s que mantengan cualquier forma contractual con instituciones públicas y/u organismos internacionales, siempre y cuando la finalidad de su función sea pública; las personas jurídicas de derecho privado, que sean delegatarias o concesionarias o cualquier otra forma contractual de servicios públicos del Estado; las personas jurídicas de derecho privado, que realicen gestiones públicas o se financien parcial o totalmente con recursos públicos ; entre otros.
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