La presente sentencia declara la inconstitucionalidad por la forma de la resolución No. 10-2015 emitida por la Corte Nacional de Justicia, el 5 de julio de 2015, y publicada en el Registro Oficial No. 563, el 12 de agosto de 2015. Por conexidad, se declara la inconstitucionalidad del Código Orgánico Integral Penal por no contemplar un recurso idóneo para garantizar el derecho al doble conforme de los procesados en juicios penales, cuando la primera condena es dictada en casación.