Primera Sala: Gonzalo Zambrano Palacios.- César Moreno Ledesma.- Vicente García Valdivieso.- 30 de  Abril de 1979.- Juicio penal que, por violación a la  menor R.M.,se sigue en contra del Dr, F. A.

“SEGUNDA.- Con la prueba de autos se ha justificado el hecho delictuoso que se le imputa al recurrente, esto es, la cópula Carnal con la agraviada R.M.A,;  quie a la fecha de la infracción tenía la edad de trece años y medio. al efecto, se halla agregado el reconocimiento médico legal que pone evidencia la desfloración de la ofendida, por o que se estima comprobada la existencia de la infracción; TERCERA.- No queda duda alguna, por la instructiva de la propia agraviada, por las declaraciones testimoniales, que el Dr. F.A. sedujo a está engañándole, por primera vez, en la ciudad de Quevedo y viajando luego a la ciudad de Quito, en  donde permaneció en un hotel, por espacio de teres días más o menos, conviviendo con la menor ofreciéndole contraer matrimonio tan pronto alcanzará la legalización de documentos necesarios  exigidos para ese fin. Estas circunstancias descartan la la posibilidad de violación en que se funda la Corte Superior para expedir su fallo tipificando el delito con los caracteres del numeral ° del Art. 512 del Código PENAL. Es más, del proceso no consta sino la instructiva de la menor y varios datos referenciales, todos proporcionados por ésta, en orden a señalar que el D. F.A. con el propósito de violarla, le dio a beber una bebida gaseosa en la que se contenía un tóxico, acusación que no tiene ningún respaldo en la prueba. Por  otro lado de no haber contado con la voluntad y aceptación de la víctima  resulta inverosímil que después del primer acceso carnal, si este hubiese sido violento y forzado, la ofendida  no hubiera dado aviso inmediato a los suyos, promoviendo el consiguiente escándalo. Lejos de ello, esperó prudencialmente un corto tiempo, aceptó viajar con A. (sindicado) a Quito, se constituyó en una  pensión durante  más de tres días cohabitando con él y regresó luego a la ciudad de Quevedo en donde participó lo sucedido a su madre. Lo anterior pone en evidencia que pese a la menor edad de R.M.A.G, esta consistió en la cúpula carnal bajo la oferta  de casarse que le hiciera en infractor” 

DICCIONARIO DE JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Dr. GALO ESPINOSA M. RECOPILACIÓN DE LA TOTALIDAD DE RESOLUCIONES DE LAS CINCO SALAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA – SEGUNDA SERIE TOMO I. Años 1979 y 1980. Editorial Don Bosco 1983. Pág. 267