Entonces la pregunta es: ¿Los jueces de segunda instancia incurrieron en un error de derecho, al interpretar erróneamente la ley?

El Dr. Milton Román Abarca entró a la defensa en un recurso de casación por el delito de homicidio, de uno de los supuestos homicidas, alegando un error de derecho. En segunda instancia, el defendido y su hermano recibieron una pena de 12 años por el delito de homicidio con alevosía.

El caso es el siguiente: en base a los testimonios de los acusadores particulares, afirmaron que los supuestos homicidas asesinaron a su familiar. Antes del fatídico suceso, los hermanos se encontraban a 12 metros de distancia en una cancha de Vóley y se escucharon 4 disparos. El hermano disparó contra el occiso, corrió donde el defendido, que le entregó el arma y cuando uno de los acusadores particulares quiso detenerlos, el defendido lo detuvo y amenazó con dispararle el arma y se fugaron en una moto. Otros testigos afirman que los disparos fueron a espaldas del difunto en una gallera, donde 3 balas impactaron con el occiso y una en la humanidad de otra persona, que no vieron quién disparó. Otro testigo vio que los hermanos se fueron en moto. Hay una testigo que contradice a los acusadores particulares, que estaban a 4 metros, no precisa si los disparos ocasionaron la muerte de su ahijado.

El artículo 45 del Código Penal establece: “Está exento de represión el encubrimiento en beneficio del cónyuge del sindicado; o de sus ascendientes, descendientes y hermanos, o de sus afines hasta dentro del segundo grado”. Recordemos que el defendido fue condenado como autor del delito. Su hermano le dio el arma, entonces él estaría encubriendo el delito de su hermano, por lo que debe aplicarse lo que dice el Código. 

Podrás vizualizar el Recurso de Casación en el siguiente PDF:

Causa Penal N° 731-93