Recurso de Doble Conforme Resolución

N° 04-2022 Corte Nacional

Su finalidad es revisar de forma integral las sentencias condenatorias dictadas en Apelación y Casación. Siempre y cuando se declare por primera vez la culpabilidad de una persona.

¿Quiénes serán competentes y ante quien se interpone en Apelación?

Son competentes: Un tribunal de conjueces de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Nacional.

Se interpone ante: Un tribunal de la Corte Provincial dentro del término de 3 días a partir de la notificación de la sentencia condenatoria.

¿Quiénes serán competentes y ante quien se interpone en Casación?

Son competentes: Un tribunal de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Nacional.

– Se interpone ante: El tribunal de la Corte Nacional dentro del término de 3 días a partir de la notificación de la sentencia condenatoria.

TÉRMINOS Y PLAZOS

– 3 días de TÉRMINO para interponer el recurso.

– 5 días de PLAZO para admitir o rechazar

– 5 días PLAZO para remitir al tribunal competente para resolver.

– 5 días PLAZO para convocar la audiencia desde la recepción del expediente.

– 3 días PLAZO para notificar la sentencia por escrito.

La Corte Nacional siguió con lo dispuesto por la Corte Constitucional en la sentencia N° 1965-18-EP/21.

2022-04-Regulacion-del-recurso-especial-de-doble-conforme

1965-18-EP-21 Doble Conforme-Laguna Estructural