En el lenguaje jurídico, tiene diversa aplicación en situaciones distintas, pero que tienen relación directa con la idea básica señalada.

En el Derecho civil es empleado el vocablo en relación directa con un requisito esencial de la posesión. De modo que, en nuestro Derecho, el elemento corporal de la posesión, constituido por la aprehensión de la cosa, consiste principalmente en la posibilidad física que el poseedor tiene de disponer de la cosa poseída. (Dada la importancia de la materia, nos remitimos al respecto, al tratamiento de la voz posesión, elementos de la misma, donde será analizada la doctrina, la legislación y la jurisprudencia que existe.)

En el lenguaje del Derecho procesal se emplea la expresión con relación a la detención de las personas. Consiste en el acto de detener o apresar a un delincuente o sospechado de delito criminal.

FUENTE: ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA, TOMO I, A, EDITORIAL BIBLOGRÁFICA ARGENTINA