Álvaro Román desmenuza la crisis judicial: "No es un problema de terna, es un problema de acatamiento"
Introducción:
En medio de la creciente tensión entre el Consejo de la Judicatura, el Consejo de Participación Ciudadana y la Corte Nacional, el expresidente del Consejo de la Judicatura, Dr. Álvaro Román, ofrece una visión técnica y detallada sobre el conflicto que impide que Alexandra Villasís asuma la presidencia titular del organismo. A través de un análisis basado en su propia experiencia con la Corte Constitucional, Román desentraña los errores de interpretación y las posibles consecuencias legales para las autoridades involucradas.
Desarrollo del Análisis:
El Origen de la Confusión: Titular vs. Temporal
El Dr. Román inicia diferenciando su caso del de la Dra. Villasís. Explica que su condición de presidente "temporal" se debió a que provenía de la terna de la Fiscalía, no de la Corte Nacional. Una sentencia de la Corte Constitucional (párrafo 106) lo ratificó como suplente. En contraste, la Dra. Villasís sí proviene de la terna de la Corte Nacional. Según el artículo 162 del Código Orgánico de la Función Judicial, al existir una ausencia o impedimento del titular (Mario Godoy), la alterna (Villasís) debe asumir la titularidad. El impedimento que se le atribuyó, sostiene Román, fue declarado inexistente por una jueza en una acción de habeas data
El Deber de Acatar y el "Delito de Mera ActividadUn punto central de la entrevista es la responsabilidad ciudadana estipulada en el Artículo 83 de la Constitución. Román argumenta que al no acatar una sentencia judicial ejecutoriada, las autoridades (como el ministro de Trabajo y los consejeros del CPC) incurren en un "delito de mera actividad". Sin embargo, aclara que para que esto derive en una destitución, la jueza que emitió la sentencia debe enviar el caso a la Corte Constitucional para una declaratoria de incumplimiento, quien sería la facultada para destituir y enviar el caso a Fiscalía.
La Responsabilidad Funcional
El entrevistado critica duramente la postura de algunos funcionarios, como el consejero Fantoni, que alegan no conocer la sentencia por falta de notificación personal. Román califica esto como la "ignorancia del liberado" o "teoría del avestruz", señalando que el director jurídico del CPC ya ha sido notificado en el casillero judicial, por lo que el conocimiento se presume.
El Peligro de una Decisión Errada en la Corte Nacional
Román advierte sobre el riesgo institucional que enfrenta el presidente de la Corte Nacional, Dr. Marco Rodríguez. Si la Corte accede a la solicitud del CPC de "completar la terna" para elegir un nuevo presidente, estarían desconociendo que la Dra. Villasís ya es la titular. El experto sugiere que, en lugar de eso, la Corte debería enviar una aclaración al CPC, recordándoles que la Dra. Villasís es la presidenta, y que lo que realmente falta es nombrar a su suplente (la nueva alterna), no a la titular.
El Problema Simbólico
Finalmente, Román destaca que, aunque la Dra. Villasís ya fue posesionada por la Asamblea Nacional y tiene el derecho, no puede ejercer el cargo por carecer de elementos simbólicos como el despacho, la custodia y la acción de personal, lo que refleja un vacío de poder y una resistencia fáctica a cumplir la resolución judicial.
Conclusión:
La entrevista con el Dr. Álvaro Román deja en evidencia que el conflicto trasciende una simple disputa por un cargo. Es un problema de respeto a la independencia judicial, el cumplimiento de sentencias y la interpretación correcta de las normas constitucionales. Según Román, la solución no requiere una nueva elección, sino el simple y llano acatamiento de lo que la ley y las sentencias ya han dispuesto.