Los hechos y circunstancias relativos a una persona, anteriores a un momento dado, constituyen sus antecedentes. Referidos a la totalidad de la vida, representan su biografía; pero ésta puede ser dividida en cuantos aspectos afectan a la existencia del individuo de que se trate, y así es frecuente hablar de sus antecedentes sanitarios, morales, profesionales, familiares, etc.

Sus antecedentes penales estarán circunscritos a los castigos que hayan sido judicialmente impuestos a ese individuo como sanción de delitos o infracciones por él cometidos.

El conocimiento de los antecedentes penales ofrece considerable importancia, no sólo dentro del orden criminal, sino también por lo que afecta a las actividades civiles.

En el aspecto penal, la existencia de tales antecedentes trae consecuencias para la fijación de la pena correspondiente al delito posteriormente cometido, ya que la reincidencia y la reiteración en el delito constituyen circunstancias agravantes de la responsabilidad, aun cuando existen también teorías que niegan la procedencia de tal agravación, por considerarla violatoria del principio que impide castigar dos veces el mismo delito, o por suponer en el delincuente un grado menor de resistencia a los impulsos delictivos.

FUENTE: ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA, TOMO I, A, EDITORIAL BIBLOGRÁFICA ARGENTINA